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Objetivo de los cambios
Tras la publicación del Real Decreto-Ley 4/2024 (RDL 4/2024), de 26 de junio, se han creado dos nuevos tipos de IVA para ir subiendo gradualmente los IVAs que bajaron al 0% y al 5% los que tenían un 4% y un 10% respectivamente.
Así, se han creado los IVAs del 2% para los que fueron bajados al 0% y del 7,5% para los que se redujeron al 5% temporalmente.
Estos IVAs ya se han incluido en el último hotfix de cada una de las versiones. El HF48 de la 5.0 y el HF134 de la v4.4.2400. con una fecha de entrada en vigor del 01/10/2024.
Esto afectará al modelo 303 cuya definición será modificada durante el mes de octubre y que se indicará mediante la correspondiente comunicación, para poder actualizar a los clientes.
En este artículo se adjunta un script que permitirá generar los regímenes fiscales necesarios para dar de alta estos dos nuevos IVAs en aquellas instalaciones que ya estén operativas y no se hayan actualizado.
Una vez ejecutado el script, podemos verificar la creación de estos dos regímenes de IVA desde la ventana de Mantenimiento de Impuestos Indirectos.
IVA al 2%
Para crear este nuevo IVA, seguiremos los siguientes pasos. Abrimos la definición de Impuestos Indirectos, pulsamos el botón Nuevo y rellenamos la información que podemos ver en las siguientes pantallas.
En primer lugar los Datos generales. Prestando atención a los campos marcados en azul.
A continuación, rellenaremos los Periodos de tipos impositivos. Indicando el rango de fechas en los que este IVA tendrá validez, el % de Cuota y el de Recargo.
Para finalizar, en la pestaña Cuentas contables, informaremos las subcuentas que vamos a utilizar para contabilizar este tipo de IVA.
Para finalizar, guardaremos los cambios realizados.
IVA al 7,5%
Para crear este nuevo IVA, seguiremos las mismas pautas que con el anterior del 2%. En primer lugar, pulsando el botón Nuevo, crearemos un tipo de IVA vacío de información y rellenaremos la información que podemos ver en las siguientes pantallas.
En primer lugar los Datos generales. Prestando atención a los campos marcados en azul.
A continuación, rellenaremos los Periodos de tipos impositivos. Indicando el rango de fechas en los que este IVA tendrá validez, el % de Cuota y el de Recargo.
Para finalizar, en la pestaña Cuentas contables, informaremos las subcuentas que vamos a utilizar para contabilizar este tipo de IVA.
Para finalizar, guardaremos los cambios realizados.
Cómo aplicar estos nuevos IVAs
Para poder aplicar estos nuevos IVAs, es necesario modificar en la ficha del artículo tanto el nuevo IVA como el régimen asignado al mismo. Tal y como podemos ver en la siguiente imagen.
Para casos puntuales, no es necesario cambiarlo en la ficha del artículo. Se puede informar manualmente en el pedido.
Con las operaciones anteriores, ya es posible generar pedidos y actualizar albaranes que informen estos dos nuevos tipos de IVA. Pero para generar las correspondientes facturas, si posteriormente van a calcularse los modelos fiscales, será necesario actualizar a alguno de los hotfix indicados al principio del artículo, o alguno posterior. Esto es así, dado que en este script no se incluyen las operaciones fiscales, necesarias para actualizar las facturas con los nuevos IVAs si se van a generar posteriormente los modelos fiscales correspondientes al cuarto trimestre, sean mensuales o trimestral. Estas operaciones fiscales no son necesarias si no se van a generar los correspondientes modelos fiscales, dado que los registros en el Libro de IVA se realizan igualmente.
El rango de fechas de validez es el indicado por la AEAT. Si el usuario necesita informar este tipo de IVA en algún pedido, antes de su fecha de aplicación, será necesario modificar la fecha inferior del rango de validez para que este IVA sea visible.
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