TABLA DE CONTENIDOS
Introducción
Mensual o trimestralmente, la AEAT nos reclama la presentación de este modelo fiscal, si es el caso, en el que tenemos que detallar las retenciones practicadas sobre arrendamientos o subarrendamientos de inmuebles.
En nuestro ERP, este modelo obtiene los datos mediante las facturas de acreedor.
Enlace al vídeo del circuito: Modelos 111, 115 y 349 | AHORA ERP v. 442100 | Webinar
Como novedad, en la versión 4.4.2200 Hotfix 7 podemos utilizar las retenciones ya en las líneas de la factura de compra. Estas retenciones se llevarán al resumen de retenciones, desde donde el modelo 115 las incluirá en sus cálculos. |
Objetivo
El objetivo del presente documento es establecer cómo se van a introducir los datos, de forma que la generación del modelo pueda obtenerlos y cómo generar el propio modelo desde el programa.
Plazo de presentación
En función de las características de la empresa, este modelo puede presentarse mensual o trimestralmente:
- Declaración mensual (Grandes empresas): Durante los veinte primeros días naturales del mes siguiente al periodo de declaración mensual que corresponda, excepto la declaración del mes de julio, que se presentará durante el mes de agosto y los veinte primeros días naturales del mes de septiembre inmediatamente posterior (*).
- Declaración trimestral: Durante los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero, por las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan al trimestre natural inmediato anterior.
(*) Según la legislación vigente en el momento de la redacción de este documento.
Modelo 115 en el ERP
Operativa
Tal y como hemos visto en la introducción, este modelo va a obtener los datos necesarios para su cálculo a partir de las facturas de acreedor introducidas en el programa.
Pero desde la versión 4.4.2200 con Hotfix 7, ya es posible utilizar las retenciones en líneas de documentos para generar facturas de proveedor que se tengan en cuenta en los modelos fiscales, asociando a dichas líneas la correspondiente referencia catastral..
Podemos ver esta última funcionalidad y su configuración en el artículo ERP - Retenciones de IRPF en líneas de documentos.
Configuración de la retención.
Estas facturas de acreedor incorporarán una retención del tipo Servicios profesionales, la cual se generará desde la opción Retenciones en el menú de Mantenimientos, tal y como podemos ver en la imagen inferior.
Siguiendo la imagen anterior, los pasos para dar de alta o configurar una retención del tipo Servicios profesionales serían:
- Abrir el combo Tipo Retención y
- Seleccionar la opción Alquileres, correspondiente a la demarcación tributaria a la que pertenecemos.
- Introducir el porcentaje de la retención a efectuar en la retención que estamos generando.
- Informar la subcuenta contable a la que llevaremos las retenciones generadas en la recepción de un servicio.
- Informar la subcuenta contable a la que llevaremos las retenciones que nos efectúen al prestar un servicio.
- Descripción de la retención que estamos configurando, para poder distinguirla durante la selección de la misma desde una factura.
- Activamos el check IRPF, para que esta retención se tenga en cuenta al calcular un modelo de IRPF.
Creación de la factura
La creación de una factura para que se incluya en este modelo, pasa por la utilización de una retención como la configurada en el punto anterior.
Desde la opción Factura Acreedor en el menú Nuevo, generaremos una factura de acreedor, en la que, una vez introducidos el acreedor (1), su número de factura (2) y la fecha de la misma (3), pasaremos a informar el importe de la base sobre la que calcularemos la retención (4), en el combo (5) seleccionaremos la retención que hemos configurado anteriormente mediante la descripción que introdujimos al configurarla (6).
Una vez indicada la retención a practicar, procederemos a asociar la Referencia catastral del inmueble en cuestión. Dato que necesitaremos para generar el modelo 180 anual.
A continuación, terminaremos de rellenar la factura y la actualizaremos en su momento para que, al calcular el modelo en cuestión, esta se tenga en cuenta.
Referencia catastral
La Referencia catastral es el identificador oficial y obligatorio de los bienes inmuebles. Consiste en un código alfanumérico que es asignado por el Catastro de manera que todo inmueble debe tener una única referencia catastral que permita situarlo inequívocamente en la cartografía catastral.
Como ejemplo, para la siguiente referencia 9872023VH5797S0001WX tenemos la siguiente información:
Finca o parcela | Hoja de plano | Identificador del inmueble | Caracteres de control |
9872023 | VH5797S | 0001 | WX |
Para obtener la referencia catastral del inmueble, realizaremos una consulta en la página web del catastro https://www1.sedecatastro.gob.es, en el buscador de inmuebles. Donde obtendremos todos los datos necesarios para proceder a dar de alta esta referencia en el ERP.
Una vez obtenidos estos datos, abriremos en el ERP la colección Referencia Catastral y procederemos a dar de alta la referencia que acabamos de consultar.
Generación del modelo. Cálculo.
NOTA: Debido a las actualizaciones y modificaciones que incorpora la AEAT en las definiciones de los modelos fiscales, de forma regular se van añadiendo nuevas definiciones de los modelos en AHORA ERP y por ello como última definición del modelo del ejemplo es susceptible a futuros cambios.
Para generar el modelo fiscal, seguiremos los pasos indicados en el documento ERP - Obtención de los modelos fiscales, seleccionando el Modelo 115 y procediendo como se indica en dicho documento para obtener este modelo.
Una vez generado el modelo, desde el menú Modelo (1), procederemos al cálculo de los datos a incluir en el mismo mediante la opción Calcular (2) de dicho menú. Obteniendo el modelo calculado, en el que podemos ver en la pestaña Identificación (1) los datos de presentación del modelo. Indicando el Nombre del presentador (2) y el Tipo de declaración (3).
En la pestaña Liquidación (1), veremos el importe a ingresar con el modelo. Actualmente, no entra dentro de la funcionalidad del modelo el realizar declaraciones complementarias. Aunque la Casilla 4 ya está preparada para este tipo de declaración.
En la pestaña Ingreso (1), informaremos la Forma de pago (2) y la Domiciliación IBAN (3) que utilizaremos al presentar el modelo.
Generación del modelo. Validación.
Una vez informadas todas las retenciones, en la pestaña Totales, y validadas las mismas, desde el menú Modelo (1), pasaremos a validar el mismo mediante la opción Validar (2)
Generación del modelo. Documento telemático
Actualmente, el documento telemático de este modelo no está disponible. Sin embargo, es posible imprimir el modelo en su formato oficial, para poder realizar su presentación mediante cualquier otro medio. La opción de Documento Generar provoca el mensaje: No se encontró el documento origen para fusionar debido a que no está implementada la funcionalidad comentada.
Generación del modelo. Recálculo del modelo
En el caso de querer recalcular este modelo, que todavía no haya sido presentado pero que ya esté validado, habiendo ya generado el fichero telemático, tendremos que repetir los pasos seguidos hasta la generación del fichero, pero de forma inversa.
Desde el menú Modelo (1), con la opción de menú Deshacer validación (2) procederemos a eliminar la validación del modelo y así activaremos la opción Deshacer cálculo (3). Utilizando esta última opción, dejaremos el modelo en un estado tal que nos permita volver a calcularlo, incluyendo las facturas actualizadas desde el último cálculo.
Generación del modelo. Contabilizació del modelo
Al igual que con el modelo 303, ahora ya es posible contabilizar el modelo 115. Para poder contabilizarlo, es necesario llevarlo al estado Presentado, después de haberlo validado. En ese momento se activará la opción de menú Pagar, con la que se nos mostrará un preasiento del modelo, a la espera de que lo confirmemos para su contabilización. En ese momento, se habilitará la opción de menú Deshacer Pago con la que se podrá deshacer la contabilización del modelo.
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