La respuesta es NO.
La obligatoriedad de que la fecha de expedición sea la del día viene definida por el reglamento de facturación del 2012, donde en el apartado 6 se determina el contenido de la factura. En este apartado se habla de la fecha de su expedición y también de la fecha de operación. En ningún momento se habla de la fecha de factura, ya que ese concepto como tal no existe. La fecha de expedición, como su nombre indica, es la fecha que se expide la factura.
Según la normativa VERIFACTU, se indica que tanto la fecha como la hora de emisión y certificación de las facturas ha de ser la de momento de su realización, por lo que la aplicación no permite emitir las facturas para su certificación y envío, con una fecha anterior o posterior a la fecha del sistema. Recordemos que VERIFACTU no cambia en ningún modo la normativa de facturación, lo que hace es controlar su cumplimiento con nuevos mecanismos.
Por otro lado, la normativa establece que, con carácter general, cuando el cliente final es un particular, se debe expedir la factura cuando se pone a disposición el bien o finaliza la prestación del servicio. Sin embargo, en caso de que el cliente sea un empresario o profesional podrá expedirse hasta el 15 del mes siguiente.

Puedes consultar cómo calcula AHORA 5 las fechas de operación en el siguiente enlace:
ERP - Fecha operación, expedición, registro contable y fiscal
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