ERP - Contratos de Alquiler - Facturación de contratos por periodos mínimos

Creado por David Miralpeix, Modificado el Fri, 16 Feb 2024 a las 12:30 PM por David Miralpeix

FACTURACIÓN DE CONTRATOS POR PERIODOS MÍNIMOS


 

Esta modalidad de facturación de contratos consiste en facturar un determinado número de días independientemente de la fecha de inicio y de la fecha de devolución asignadas.

 


Para poder utilizar esta modalidad de facturación, el parámetro CONTRATOS_PERIODOSMINIMOS_FACTURACIÓN debe estar a ON, ya que con esto conseguimos que en el grid del formulario de contratos aparezca una columna Días donde indicaremos el período mínimo de facturación. 




Por tanto, si una línea de un contrato tiene valor en su columna Días, se aplicará esta forma de facturar. 


A su vez, la facturación por período mínimo puede ser fraccionada o no fraccionada. 


Si es fraccionada, el parámetro CONTRATOS_FACT_PERMIN_FRACCIONADO estará a ON y significa que si facturamos un contrato de período mínimo a una fecha en la cual todavía no se ha cumplido el período mínimo, entonces no facturamos todos los Días que marca el período mínimo sino hasta esa fecha, y en posteriores facturaciones se irá facturando hasta llegar al período mínimo y parará ahí.

 

Si tenemos facturación por período mínimo no fraccionada, entonces la primera vez que facturemos esas líneas del contrato se facturará la totalidad del período mínimo.


Si la columna Dias vale 0, entonces la facturación será normal y no por períodos mínimos.



 

NOTA: En la facturación de contratos por períodos mínimos fraccionada, hay una excepción que ocasiona que se facturen todos los días del período aunque no haya transcurrido el período entero, y se produce cuando realizamos la facturación de un contrato en el cual ya se ha devuelto la mercancía, es por período mínimo fraccionado y todavía no se ha cumplido el período. En ese caso se factura el período entero, ya que al estar devuelta la mercancía esa línea no se va a volver a facturar más, por lo que se tiene que cumplir el período.




FESTIVOS



Si el alquiler de la máquina no incluye días festivos, el período mínimo tampoco incluirá días festivos (es decir, que si el período mínimo vale ‘x’, entonces se facturarán ‘x’ días hábiles de la máquina), mientras que si el alquiler de la máquina sí que incluye festivos, entonces el período mínimo también los incluirá (serán los días hábiles más los días festivos). 



Hay que tener en cuenta que como el seguro se factura los días naturales, entonces el período mínimo del seguro siempre incluirá los días hábiles más los festivos. En cualquier caso, como mínimo siempre se van a facturar tantos días de alquiler (artículo DIASALQ de la factura) como indique el valor del período mínimo (columna Dias de la línea del contrato). 



EJEMPLO:


El siguiente ejemplo aclara las repercusiones que tienen los días festivos en los períodos mínimos:


 

Alquiler sin días festivos: si nos alquilan una máquina el jueves y la devuelven el viernes con un período mínimo de 3 días (es decir, el período va de jueves a sábado), entonces se facturarán 3 días de la máquina (los tres días hábiles: jueves, viernes y lunes; no son hábiles el sábado y el domingo porque no se facturan los festivos) y 5 del seguro (el seguro siempre se factura los días festivos por lo que se facturan todos los días hasta el lunes, que es cuando se devuelve la máquina).


 

Alquiler con días festivos: si nos alquilan una máquina el jueves y la devuelven el viernes con un período mínimo de 3 días (es decir, el período va de jueves a sábado), entonces se facturarán 3 días de la máquina (jueves, viernes y sábado; el sábado en este caso es día hábil porque se facturan los festivos) y 3 del seguro (en este caso coinciden con los de la máquina porque la máquina factura festivos).

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