Introducción
Mensual, trimestral o anualmente, la AEAT nos reclama la presentación de este modelo fiscal, si es el caso, en el que tenemos que detallar las operaciones realizadas tanto con clientes/deudores como proveedores/acreedores ubicados en otros países de la unión europea y que estén dados de alta en el VIES (Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA), también llamado ROI (Registro de Operaciones Intracomunitarios).
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Objetivo
El objetivo del presente documento es establecer cómo se van a introducir los datos, de forma que la generación del modelo pueda obtenerlos y cómo generar el propio modelo desde el programa.
Plazo de presentación
Tal y como se expresa en el artículo 81 del Reglamento del Impuesto por el Real Decreto 192/2010, con entrada en vigor en enero de 2010, este modelo se presentará según los siguientes plazos:
- Mensualmente. Es el caso general y se presentará en los 20 primeros días naturales del mes inmediato siguiente.
- Trimestralmente. Como caso particular (*), se presentará en los 20 primeros días naturales del mes inmediato siguiente al correspondiente periodo trimestral.
- Anualmente. Como caso particular (*).
En los plazos referidos, la declaración del último periodo del año deberá presentarse durante los primeros 30 días naturales del mes de enero.
No será necesario presentar el modelo 349 en el periodo correspondiente, cuando no se hayan producido operaciones intracomunitarias en el periodo en cuestión (V2525-13).
(*) Consultar con su asesor fiscal las condiciones a cumplir.
Modelo 349 en el ERP
Operativa
Tal y como hemos visto en la introducción, este modelo va a obtener los datos necesarios para su cálculo a partir de las facturas de acreedor/deudor, facturas de compra y venta intracomunitarias introducidas en el programa.
Configuración de los clientes y proveedores
Los clientes y proveedores comunitarios con los que vayamos a realizar operaciones, para que puedan ser incluidos en este modelo tendrán que estar registrados en el ROI. Además de esta medida legal, en la configuración de su ficha habrá que incluir en la casilla del NIF, como prefijo de su NIF-IVA, el código del país en el que tengan la sede de su actividad económica.
En este caso, seleccionando Francia como país, tendríamos el código FR.
Sin embargo, hay casos en los que el código del país no se corresponde por el esperado por la AEAT. Son casos como el SII (Sistema de Información Inmediata) y las operaciones intracomunitarias. En este último caso, el código lo podremos consultar en el siguiente enlace INTRASTAT - Países miembros de la UE
En este caso, aunque el código ISO de Grecia es GR, para este modelo se utilizará el código LE.
Los números de identificación fiscal atribuidos por la Administración española, formarán parte del Censo VIES.
Así, un cliente y un proveedor comunitarios, tendrían la siguiente configuración:
Generación del modelo. Cálculo.
NOTA: Debido a las actualizaciones y modificaciones que incorpora la AEAT en las definiciones de los modelos fiscales, de forma regular se van añadiendo nuevas definiciones de los modelos en AHORA ERP y por ello como última definición del modelo del ejemplo es susceptible a futuros cambios.
Para generar el modelo fiscal, seguiremos los pasos indicados en el documento ERP - Obtención de los modelos fiscales, seleccionando el Modelo 349 y procediendo como se indica en dicho documento para obtener este modelo.
Una vez generado el modelo, desde el menú Modelo (1), procederemos al cálculo de los datos a incluir en el mismo mediante la opción Calcular (2) de dicho menú.
Obteniendo el modelo calculado, en el que podemos ver en la pestaña Facturas (1) el importe de las operaciones (2) llevadas a cabo con cada proveedor y cliente comunitarios, clasificadas por país (3), proveedor/cliente (4) y clave de operación (5).
El significado de las distintas claves (5) es el siguiente:
Clave | Significado |
E | Entregas intracomunitarias exentas. |
S | Prestaciones intracomunitarias de servicios. |
A | Adquisiciones intracomunitarias sujetas. |
I | Adquisiciones intracomunitarias de servicios, localizadas en el TAI realizadas por empresarios o profesionales establecidos en otros estados miembros, cuyo destinatario es el declarante. |
El NIF del Representante (8) solo hay que rellenarlo cuando el declarante (6) es menor de 14 años. Teniendo que rellenar el nombre y apellidos del mismo (6) para poder validar el modelo. En la sección (7) podremos visualizar el número de operaciones realizadas, así como su importe. Al tiempo que veremos el número de facturas rectificativas, sobre facturas declaradas en otros periodos, y su importe.
En la siguiente imagen, veremos el contenido de la pestaña Facturas Rectificativas (1). En esta pestaña encontraremos todas las facturas rectificativas declaradas en este periodo y que rectifiquen a facturas declaradas en periodos anteriores, visualizando el país (2), proveedor/cliente (3), la clave de la operación (4), el ejercicio (5) y periodo (6) en que se declaró la factura rectificada, la base rectificada (7) y la base que se declaró en su momento (8).
En la presentación de este modelo, no se admiten importes negativos. Dado que esto significaría que se ha rectificado una factura que no se ha incluido en el periodo en cuestión, situación que el usuario tendrá que corregir manualmente.
Generación del modelo. Validación.
Una vez informadas todas las retenciones, en la pestaña Totales, y validadas las mismas, desde el menú Modelo (1), pasaremos a validar el mismo mediante la opción Validar (2), para poder generar el fichero telemático que enviaremos a la Agencia Tributaria desde su página web.
Generación del modelo. Documento telemático.
Una vez validado el modelo, podemos proceder a la generación del fichero telemático, con el fin de entregarlo a la AEAT. Para ello, accederemos al menú Documento (1) y a la opción Generar (2).
Una vez generado el fichero, tendremos la opción de visualizarlo en el momento o no, respondiendo en la siguiente ventana.
En caso de haber respondido que no queremos visualizarlo, en cualquier momento podemos visualizar dicho fichero, incluso editarlo, volviendo al menú Documento (1), mediante la opción de menú Editar (3).
Si debido a cualquier motivo, como la actualización de una nueva factura, necesitamos volver a generar el fichero. Habría que eliminar el mismo, mediante la opción Eliminar (4) de este menú.
Generación del modelo. Presentación
Una vez validado y presentado el modelo en la AEAT, para evitar la eliminación o modificación accidental del mismo, desde el menú Modelo (1), utilizaremos la opción Presentar (2) para bloquearlo.
Recálculo del modelo
En el caso de querer recalcular un modelo, que todavía no haya sido presentado pero que ya esté validado, habiendo ya generado el fichero telemático, tendremos que repetir los pasos seguidos hasta la generación del fichero, pero de forma inversa.
Desde el menú Documento (1), procederemos a eliminar el fichero telemático, mediante la opción de menú Eliminar (4).
Desde el menú Modelo (1), con la opción de menú Deshacer validación (2) procederemos a eliminar la validación del modelo y así activaremos la opción Deshacer cálculo (3). Utilizando esta última opción, dejaremos el modelo en un estado tal que nos permita volver a calcularlo, incluyendo las facturas actualizadas desde el último cálculo (*).
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